Menores, embarazadas y personas con movilidad reducida

Esta página abarca toda la información relativa a movilidad reducida, embarazadas y menores en el aeropuerto de Santander.

Volar con bebés


Un bebé puede montar en un aeroplano tan solo 2 días tras su nacimiento. Ahora bien, no se aconseja realizar vuelos cortos con un bebé antes de la primera semana de vida. Tampoco vuelos largos con bebés de menos de tres semanas. En función del viaje, para viajar con un bebé es necesario mostrar la documentación que se expone a continuación:

  • Vuelos internacionales (no Schengen): Pasaporte en periodo de vigencia y visado (caso de que sea necesario).
  • A pesar de que la aerolínea puede pedirte el libro de familia, los bebés podrán volar con sus progenitores en los viajes dentro del territorio español.
  • Viajes a países de la zona Schengen: documento nacional de identidad o bien pasaporte en periodo de vigencia.

Por otra parte, hay una serie de consejos para pasajeros que viajan con bebés publicados por AENA:

  • Es posible portar una bolsa para el bebé, puesto que el bebé está en su derecho a llevar equipaje de mano.
  • Los líquidos para el bebé se regulan por la misma normativa de líquidos en el equipaje de mano.
  • Es aconsejable que la compañía aérea conozca con previsión si vas a necesitar una silla para el bebé.

menores, embarazadas y movilidad reducida Seve Ballesteros

Menores de edad que viajan sin acompañante


En primer lugar, es conveniente preguntar a la compañía aérea que corresponda sobre el proceso antes de que un menor viaje solo. Además de las condiciones que marque la compañía aérea, será necesario que los progenitores, padres o quien tenga la patria potestad del menor realicen una autorización expresa para que el menor pueda volar sin compañía dentro de España. De forma adicional, las aerolíneas pueden solicitar el libro de familia.

En caso de viajar al extranjero, se requerirá ese mismo permiso, aunque en un caso así deberá ser oficial (expedido por la Guardia Civil o por la Policía Nacional). Los 2 progenitores o tutores (o uno de ellos, en el caso de que sea único) tendrán que firmar este documento y presentarlo con el documento nacional de identidad, el pasaporte y los documentos que demuestren la patria potestad. Esta autorización tendrá una validez de treinta días.

Para más información sobre menores que viajan solos, te recomendamos visitar la .

Menores con servicio de acompañamiento


La mayoría de aerolíneas ofrecen un servicio de acompañamiento en aquellos casos en los que un menor de entre 5 y 12 años vaya a volar solo, siempre que un adulto le acompañe tanto en el aeropuerto de salida como en el de llegada.

Para ello, será preciso que los responsables del menor cumplimenten un Descargo de Responsabilidad y que garanticen que a la llegada del avión va a haber una persona para hacerse cargo del menor de edad. Por su lado, al conseguir la tarjeta de embarque, la compañía aérea se va a hacer cargo del menor y será su responsable jurídica durante el vuelo. En estos casos, el menor deberá llevar siempre encima la siguiente documentación:

  • DNI.
  • Autorización de los progenitores.
  • Ficha con los datos de la persona que recogerá al menor en el aeropuerto de destino.
  • Billete de avión.

El menor se reunirá con la persona que se haya designado en el aeropuerto de destino después de recoger el equipaje. En general, van a salir los últimos del avión y van a ser acompañados por un empleado de la aerolínea.

Mujeres embarazadas


Para una mujer embarazada sin dificultades previas es seguro viajar. A pesar de ello, en muchos casos, para viajar embarazada es necesario cumplimentar un Descargo de Responsabilidad. De este modo, la aerolínea no tendrá responsabilidad ante cualquier situación que ocurra a lo largo del vuelo a consecuencia del embarazo.

Según la semana del embarazo, las demandas de las compañías aéreas acostumbran a ser las siguientes:

  • Habitualmente, recomiendan no volar cuando el embarazo supera las 36 semanas, a no ser que se trate de una situación de fuerza mayor. En ese caso, será necesario llevar la autorización y consultar con un médico antes del viaje.
  • Entre 28 y 36 semanas: las compañías de vuelos sugieren volar con autorización médica.
  • Menos de 28 semanas: la mayoría de las compañías no piden ninguna autorización. Aún así, es necesario consultar con tu aerolínea para confirmarlo.

En el siguiente punto explicamos el servicio de asistencia a pasajeros con movilidad reducida, el que puede ser solicitado asimismo por personas embarazadas en caso de que lo requieran. Además de esto, conviene recordar que las personas embarazadas pueden emplear el filtro de seguridad para familias.

Personas con movilidad limitada


Todos los aeródromos de Aena, incluyendo el Aeropuerto de Santander, tienen servicio de asistencia a Personas con movilidad reducida (PMR). Este servicio facilita la experiencia en los aeropuertos de las personas que tienen limitada su movilidad.

El servicio de asistencia a Personas con movilidad limitada se dirige a pasajeros que se hallen en esta situación por cualquier razón, así sea por tener una edad avanzada, por una discapacidad física o mental o bien por cualquier otra razón.

Para hacer uso del servicio, se debe acudir al mostrador de facturación de la compañía aérea con lo que se vaya a viajar y solicitar el servicio. En estos casos, se aconseja acudir al aeropuerto dos horas y media antes del vuelo.

Ahora bien, va a ser necesario que o bien a la hora de comprar el billete, o bien mediante los canales oficiales de AENA, se reserve este servicio con por lo menos cuarenta y ocho horas de antelación.

Además, resulta conveniente tener en consideración que AENA subraya que los menores con movilidad reducida deben volar acompañados de un adulto.

Si quieres más información sobre la accesibilidad y condiciones del del aeropuerto de Santander, te recomendamos visitar la página dedicada a ello.